DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL
Considerando lo estipulado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y en la letra h) del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el proyecto, que en este caso es el instrumento de planificación territorial Plan Regulador Comunal de la Comuna de Lebu, en adelante PRCLB, que incluye las localidades de Lebu, Pehuen y Santa Rosa de Lebu, y cuyo titular es la Ilustre Municipalidad de Lebu, debe ingresar al SEIA; además, según lo establecido en el artículo 9 de la misma Ley, se "deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda". |
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